La modernización de la Justicia es ya una realidad y la interconexión de órganos de las diferentes administraciones con competencias de apoyo a la administración de justicia representa importantes retos.
Es significativo el avance logrado por todas ellas en los últimos años, pero antes de seguir avanzando en la creación de nuevas herramientas o aplicaciones cada uno por su lado empieza a ser necesario unir esfuerzos en pro de la creación de una Justicia ágil, eficaz, electrónica y, lo más importante, interconectada.
Así, ha surgido la necesidad de crear el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE). Un órgano cuyo objetivo principal es favorecer la compatibilidad y asegurar la interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones empleados en la Administración de Justicia, así como asegurar la cooperación entre las distintas Administraciones (según se establece en la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia).
Precisamente, la Ley 18/2011 establece que uno de los pilares básicos para lograr la Administración judicial electrónica es el uso generalizado y obligatorio de las tecnologías de la información y la comunicación. Y para ello, es necesario acometer un desarrollo normativo y crear un órgano que fije las pautas a seguir. Ese órgano de nueva creación es el CTEAJE y es el que va a permitir el desarrollo del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS).
El CTEAJE está integrado por el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades autónomas con la competencia de Justicia transferida (Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y Valencia). Ya ha celebrado varias reuniones (la fundacional y la reciente reunión de Vitoria) y una de las primeras medidas que ha puesto en marcha es la creación de cinco grupos de trabajo:
- Comunicaciones telemáticas, liderado por el Ministerio de Justicia. Participan como miembros directamente siete comunidades autónomas. Se ha iniciado el trabajo en notificación y presentación de escritos vía Lexnet y ya ha comenzado la implantación del proyecto piloto de presentación de demandas y escritos de trámite en los Juzgados Civiles de Logroño y con los procuradores.
- Archivo judicial, liderado por la Comuniad Autónoma de Andalucía. Participan como miembros otras siete comunidades autónomas, el Ministerio de Justicia y el CGPJ. El grupo ha abierto una doble línea de trabajo: establecer una política de gestión documental y archivos judiciales y el estudio de la aplicación tecnológica adecuada a esa política.
- Extracción automática de boletines y Cuadros de Mando, liderado por la Comuniad Autónoma de Canarias. Participan como miembros otras cinco comunidades autónomas, el Ministerio de Justicia y el CGPJ. Este grupo deberá estar en total coordinación con la Comisión Nacional de Estadística Judicial.
- Interconexión de los Sistemas de Gestión Procesal con el Sistema de Registros Administrativos de apoyo a la Administración de Justicia, liderado por el Ministerio de Justicia. Participan cuatro comunidades autónomas, y se va a iniciar el proyecto piloto a principios de 2014 con la comunidad autónoma de Cataluña.
- Salas de vistas para los órganos judiciales, liderado por la Comuniad Autónoma de Aragón. Participan otras tres comunidades y el Ministerio de Justicia. Se está trabajando en una recomendación general válida para todo el territorio nacional acerca de la infraestructura técnica.
El Comité está regulado por el Real Decreto 396/2013, de 7 de junio, que tiene por objeto definir su estructura, composición y funciones. Además, a través de este Real Decreto se establece que el CTEAJE goza de absoluta independencia orgánica y funcional. Está compuesto por el Pleno, la Comisión Permanente, la Presidencia (que estará a cargo de un Vocal del CGPJ y del Secretario de Estado de Justicia y que ejercerán la copresidencia en turnos rotatorios por periodos bianuales) y la Secretaría General.
Los acuerdos que se alcancen se aprobarán por mayoría absoluta de los asistentes al Pleno o a la Comisión, salvo que se trate de informes consultivos, en los que bastará la mayoría simple. Si hay empates, el Presidente cuenta con voto de calidad. El Pleno debe reunirse, por lo menos, dos veces al año, y la Comisión cada tres meses.
Este Real Decreto tiene en cuenta también que las tecnologías de la información y de la comunicación avanzan a pasos agigantados; así, otorga al CTEAJE cierta flexibilidad que permita en un futuro al Comité acometer cuantas acciones se estimen oportunas conforme evolucione su actividad y, sobre todo, el estado tecnológico de la Administración judicial electrónica.
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