Legaltech, Insurtech, Fintech, Regtech como industrias usuarias de evidencias digitales

La tecnología jurídica o tecnología al servicio del derecho acoge técnicas y empresas que las proporcionan, bajo el término anglosajón de legaltech, como abreviatura de Legal Technology.

Los tipos de servicios asociados se encuadran en varios epígrafes, uno de los cuales acoge a prestadores de servicios de confianza digital que gestionan evidencias digitales para favorecer la contratación electrónica o la posición probatoria de las partes que las emplean. Muchos de los servicios de confianza digital están relacionados con la gestión digital de la identidad o las notificaciones electrónicas.

Esta variante taxonómica también se incluye en otras actividades relacionadas e identificadas igualmente mediante abreviaturas en inglés:

  • Insurtech. A partir de los términos Insurance (seguros) y technology (tecnología), el término Insurtech define un sector que aglutina a compañías de seguros tradicionales, a empresas tecnológicas y a startups más o menos disruptivas que utilizan nuevas tecnologías como blockchain, big data, evidencias digitales o  computación en la nube para crear dentro del sector de los seguros nuevas formas de ofrecer los productos y servicios al cliente final.
  • Fintech. A partir de los términos Financial (financiera) y technology (tecnología), el término Fintech define un sector de los servicios financieros que aplica nuevas tecnologías a actividades financieras y de inversión.​ Fintech son las nuevas aplicaciones, procesos, productos o modelos de negocios en la industria de los servicios financieros, compuestos de uno o más servicios financieros complementarios y puestos a disposición del público vía Internet.
  • Regtech.  A partir de los términos Regulation (requistos normativos) y technology (tecnología), el término Regtech da cobijo a las tecnologías destinadas a facilitar el cumplimiento normativo de sectores altamente regulados y a las empresas que las proporcionan.

Existen diferentes recopilaciones interesantes de empresas especialistas en gestión de evidencias electrónicas, pero posiblmente la más interesante es la recopilación oficial publicada por la Secretaría de Estado de Avance Digital que divide los servicios de confianza digital en dos grupos:

  • Servicios Cualificados. Los que se definen en el Reglamento UE 910/2014 (eIdAS) y han superado una evaluación de conformidad por un CAB.
  • Servicios No Cualificados. Los que cubren aspectos no contemplados en el Reglamento UE 910/2014 (eIdAS).

Dado que ambos grupos deben someterse a la supervisión por la SEAD, una denominación con connotaciones menos negativas para el segundo grupo podría ser “Otros servicios supervisados

El uso de las tecnologías se extiende a todos los ámbitos y un gran reto es armonizar el mundo del derecho con el de las tecnologías, lo que, en buena medida consiste en definir la forma de demostrar (probar) que se produjo o no determinada actividad basada en tecnologías digitales: que se comunicó algo, que se recabó el consentimiento, que se recogieron pruebas electrónicas de un acto ilegal, que se identificó al iniador de un trámite,…

Un trabajo interesante en este sentido es eBookSOCIEDAD DIGITAL Y DERECHO” que han dirigido Tomás de la Quadra Salcedo y José Luis Piñar Mañas, y que han coordinado Moisés Barrio Andrés y José Torregrosa Vázquez y que han publicado el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la entidad Red.es y el organismos Boletín Oficial del Estado, en Madrid en 2018.

Ejemplos de estas herramientas Legaltech, Insurtech, Fintech, Regtech y de entidades que los proporcionan son: